El 9 de octubre el Ministerio de Salud publicó en su página web el borrador de una resolución. En el primer párrafo aclaraba cuál sería su propósito: emitir una “regulación única para garantizar la Interrupción voluntaria del embarazo en los casos despenalizados en la Sentencia C-355 de 2006”
Aunque se trata tan solo de un borrador que está sujeto a modificaciones, el documento es la muestra de que se está buscando resolver un problema evidente: aún existen muchas barreras de acceso para practicar la Interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en el país.
Pese a que la IVE es legal en tres casos, hoy hay 1.129 procesos judiciales contra mujeres por haberla practicado. La mayoría de los principales acusadores son sus propios médicos.
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“Los profesionales de salud que denuncian parten del supuesto de que las mujeres que acudieron a un aborto clandestino son culpables de un delito, sin considerar que sus casos pueden estar bajo una de las tres causales y, en segundo lugar, cuando un médico interpone una denuncia implica una violación del secreto profesional”.
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La Corte Constitucional le había ordenado al Minsalud expedir una regulación a la IVE que “garantice las condiciones de calidad, seguridad y salubridad en los servicios”. El plazo para hacerlo era de seis meses, un lapso que se cumple el jueves 24 de octubre de 2019.
En el borrador de resolución, deja claro que es necesario garantizar y proteger este derecho. Debe haber, se lee, una “atención integral en salud para la IVE”. Para que eso suceda debe existir, dice, información oportuna, suficiente y adecuada; un diagnóstico oportuno; derecho a decidir libres de apremios; derecho a la intimidad y unos estándares de calidad en la atención, entre los que se encuentran oportunidad, disponibilidad, accesibilidad, seguridad, integralidad, pertinencia y continuidad.