La cámara de fotomultas instalada en este municipio de Cundinamarca, se convirtió en el centro de una intensa controversia jurídica y ciudadana que concluyó con una decisión contundente de la justicia: su retiro definitivo. El dispositivo, que empezó a operar a mediados de 2025, fue denunciado por presuntas irregularidades en su funcionamiento y por carecer de la autorización obligatoria de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv).
Desde su instalación, numerosos conductores reportaron la imposición masiva de comparendos, muchos de ellos notificados exclusivamente por medios electrónicos, sin detención en vía ni intervención directa de un agente de tránsito, lo que encendió las alarmas sobre la legalidad del procedimiento.
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La veeduría ciudadana destapó las presuntas irregularidades
Las denuncias fueron lideradas por la Veeduría Nacional, encabezada por el ciudadano conocido como el señor Biter, quien a través de su canal de YouTube visibilizó el caso y documentó presuntas fallas administrativas. Según su relato, el sistema de fotodetección comenzó a emitir sanciones desde el primer día, sin que existiera claridad sobre el respaldo legal del dispositivo.
Un equipo de la veeduría, coordinado por Adriana, se desplazó hasta el punto de instalación para verificar el funcionamiento de la cámara. Tras revisar los registros oficiales, concluyeron que el equipo no contaba con autorización de la Ansv, requisito indispensable cuando los comparendos se imponen de manera electrónica y no presencial.
La defensa de la Secretaría de Tránsito de Silvania
Ante el creciente número de reclamos por parte de la ciudadanía de Silvania, la Secretaría de Tránsito y Transporte de Silvania defendió la legalidad del dispositivo. Su titular, Daira Arianda, aseguró que los puestos de control tecnológico en vía estaban permitidos por la normatividad vigente y que no requerían autorización de la Ansv, siempre y cuando hubiera presencia de un agente de tránsito en el sitio.
Conductores podrán reclamar comparendos
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No obstante, la veeduría sostuvo que la evidencia demostraba lo contrario: los comparendos no se estaban imponiendo en sitio, sino que se tramitaban exclusivamente mediante notificaciones electrónicas, lo que sí exige autorización expresa de la Ansv, según la legislación vigente.
Acción de tutela y fallo judicial contundente
Ante la negativa de la administración municipal de suspender la operación de la cámara, uno de los conductores afectados interpuso una acción de tutela, alegando la vulneración de su derecho fundamental al debido proceso.
El fallo judicial fue claro y categórico. El juez determinó que el comparendo impuesto era ilegal, ordenó su anulación y dispuso que el ciudadano no debía pagar ninguna suma. Además, estableció que la cámara operaba sin cumplir los requisitos legales y ordenó su retiro en un plazo máximo de 48 horas.
Choque entre fallo judicial y concepto administrativo
Pese a la orden judicial, la alcaldía de Silvania apeló la decisión y solicitó un pronunciamiento de la Superintendencia de Transporte. El superintendente aseguró públicamente que el mecanismo utilizado por la Secretaría de Tránsito era legal y no requería autorización de la Ansv, otorgando un “parte de tranquilidad” para la continuidad del dispositivo.
Esta intervención generó preocupación entre los denunciantes. La coordinadora Adriana recalcó que ningún concepto administrativo puede estar por encima de una sentencia judicial, y recordó que los fallos de los jueces de la República son de obligatorio cumplimiento.
Retiro definitivo de la cámara y apoyo a los ciudadanos sancionados
Finalmente, el 11 de diciembre de 2025, un nuevo fallo judicial ratificó la orden de retiro. En esta ocasión, las autoridades municipales acataron la decisión y procedieron a la desinstalación de la cámara, hecho que fue verificado por la veeduría en los días posteriores.
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La decisión deja abierta la discusión sobre el futuro de los comparendos impuestos durante los tres meses de operación del dispositivo. Como respuesta, la Veeduría Nacional anunció que ofrecerá gratuitamente un formato de acción de tutela para que los ciudadanos afectados puedan solicitar la revocatoria de las sanciones y la devolución del dinero pagado.
















