El Tribunal le da la razón a Cajicá y reconoce el principio de precaución que aplicó el municipio con la expedición de los decretos 015 y 024 de 2016, y así mismo reconoce la competencia y autonomía del ejecutivo, representada a través del alcalde Orlando Díaz Canasto
La Cámara Colombiana de la Construcción (CAMACOL), - Asociación Gremial que representa a los constructores -, interpuso una acción contenciosa de nulidad administrativa demandando los decretos 015 de 2016 y 024 de 2016.
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Lea el documento original aquí:
Fallo n y r Nº 2016-0192 by Portal News on Scribd
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