La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció el lanzamiento de un nuevo servicio automatizado que permitirá la generación de facturas electrónicas en Colombia con solo ingresar el tipo y número de identificación del comprador, ya sea cédula o NIT. Esta medida, contemplada en la Resolución 000202 de 2025, entrará en vigor durante la segunda semana de abril y busca simplificar y agilizar el proceso de facturación electrónica en el país.
El nuevo servicio estará disponible para todos los facturadores, incluyendo aquellos que utilizan el Servicio de Facturación Gratuita de la DIAN, así como empresas con software propio y proveedores tecnológicos autorizados. Estos últimos deberán realizar las actualizaciones necesarias para integrar el nuevo sistema, que permitirá autocompletar datos clave como el nombre o razón social y el correo electrónico del comprador, a partir de la información registrada en bases oficiales.
"La implementación de este servicio no solo refleja el compromiso de la entidad con la modernización de la administración tributaria y la optimización de los procesos, sino que también responde a la necesidad de eliminar obstáculos como la solicitud excesiva de información adicional y los retrasos innecesarios", afirmó Luis Eduardo Llinás Chica, director general (e) de la DIAN.
Eliminación de barreras en el proceso de facturación
Con la entrada en operación de esta herramienta, se busca evitar prácticas comunes que vulneraban la privacidad del consumidor, como la exigencia de datos personales innecesarios para emitir una factura. La normativa prohíbe expresamente solicitar información como dirección, teléfono o copia del RUT, limitando los datos exigibles a:
- Nombre completo o razón social.
- Tipo y número de identificación.
- Correo electrónico (solo si el comprador desea recibir la factura por este medio).
En caso de que el comprador no quiera entregar su correo electrónico, el facturador está obligado a entregar la representación gráfica de la factura de forma impresa, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Resolución 165 de 2023.
Este nuevo servicio es producto de un trabajo conjunto entre la DIAN y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de la Delegatura para la Protección de Datos Personales. Su uso está estrictamente limitado a la generación de facturación electrónica, y cualquier otro uso será sancionado conforme a la ley.
Nuevas reglas para empresas de servicios públicos
La Resolución 000202 de 2025 también aclara el uso del documento equivalente electrónico para empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios. Estas empresas solo podrán utilizar dicho documento para facturar servicios efectivamente prestados, salvo que exista una autorización explícita del usuario para otro uso.
Además, se estipula que en casos donde la empresa facture en sitio y enfrente problemas tecnológicos —como fallas en la conectividad o equipos—, contará con un plazo de hasta 48 horas para transmitir la información a la DIAN. Este margen de tiempo busca atender las dificultades logísticas que suelen presentarse en zonas rurales o de difícil acceso.
Mientras se realiza la validación electrónica, la empresa deberá entregar una copia física del documento al usuario, cumpliendo con todos los requisitos legales establecidos para su validez.
Modernización que fortalece la confianza
Este avance tecnológico representa un paso importante hacia una administración tributaria más eficiente, confiable y respetuosa de los derechos del consumidor. La automatización y simplificación del proceso no solo reduce cargas para las empresas, sino que fortalece la confianza del ciudadano en los servicios públicos digitales.
Con esta medida, la DIAN reafirma su compromiso con la transformación digital del sistema tributario colombiano, alineándose con estándares internacionales de transparencia, eficiencia y protección de datos personales.
















