Se profirió pliego de cargos al alcalde de Nemocón, Cundinamarca, Renzo Alexander Sánchez Sabio (2016 – 2019), y otras 15 personas, entre ellas siete concejales del municipio y funcionarios de la Corporación Autónoma Regional -CAR-, por presuntas irregularidades en la revisión del Esquema de Ordenamiento Territorial -EOT-
Los cargos también son para el exalcalde de Nemocón, Luis Felipe Castro Gómez (2012 – 2015); el exjefe de la Oficina de Planeación del municipio, César Augusto Malagón Gómez (2012 – 2015); el exdirector de la CAR Cundinamarca, Alfred Ignacio Ballesteros Alarcón (2012 – 2015), el director Operativo de Gestión de Ordenamiento Ambiental Territorial de la CAR Cundinamarca, Germán Camilo Bello Zapata, y el exfuncionario de esa misma entidad, Carlos Manuel Montaño Barrantes.
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También están involucrados los concejales César Eduardo Jiménez Tamayo, Álvaro Duarte García, Moisés Castañeda Maldonado, Benito Fandiño Sánchez, Myriam Elena Forero Sánchez, Pedro José Gómez Malagón y Andrés Leonardo Guzmán Peñuela, quienes ocupan el cargo desde el año 2012.
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De acuerdo con el proceso disciplinario, en el 2015 los investigados aparentemente modificaron el uso de aproximadamente 600 hectáreas clasificadas como rurales, para destinarlas a actividades diferentes como vivienda campestre y residencial, comercio, servicios, industria y expansión urbana, entre otros.
Habrían modificado los límites de la Reserva Forestal Protectora Productora Nacional Cuenca Alta del Río Bogotá, con lo que, presuntamente, afectaron su zona de amortiguación, así como al parecer ignoraron lo establecido sobre los suelos de protección arqueológica en el área de las salinas de Nemocón.
Para el Ministerio Público, esas acciones habrían desconocido las normas legales vigentes, que declararon a la sábana de Bogotá de interés ecológico nacional y establecieron que el uso prioritario de sus suelos es agropecuario y forestal.
En el caso del actual alcalde del municipio, aunque el acuerdo que estableció el nuevo EOT fue firmado en 2015, el funcionario habría omitido realizar las acciones judiciales pertinentes o ejercer los medios de control disponibles ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Por esos hechos, la Procuraduría calificó la presunta falta de Sánchez Sabio como gravísima cometida a título de dolo, y de los restantes investigados como gravísima a título de culpa gravísima.
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