- En el Concejo Municipal de Zipaquirá se llevó acabo la votación para elegir la mesa directiva 2018
El concejal Roa, agradeció a los compañeros que depositaron su voto de confianza y reitero que su presidencia estará al servicio de los 17 concejales con las garantías que la ley dicta.
Reitera que su compromiso por mejorar aún más la Corporación, con el apoyo de los compañeros cabildantes, en donde se realizará un control político a la Administración Municipal, pero también se respaldará a está en decisiones para fortalecer la ciudad.
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Por su parte, el concejal José Delfín es elegido como primer vicepresidente y Miguel Ángel Bustos es segundo vicepresidente, quien enfatizó en la importancia de la democracia para fortalecer el concejo y así mismo hacer un llamado al respeto por la ciudadanía y por sus compañeros concejales.
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La oposición
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El Concejal Eduard Sarmiento del Polo Democrático dio a conocer un comunicado donde expresa que este partido político es oposición del Gobierno Municipal y por ende amparado bajo Ley 1551 de 2012 Artículo 22 que dicta “El o los partidos que se declaren en oposición al alcalde, tendrán participación en la primera vicepresidencia del Concejo” Sin embargo y pese a que se hizo pública esta legislación en la Corporación, por democracia quedo electo el cabildante Jose Delfín.
Ciudadano, recuerde las funciones que debe realizar un concejal en su ciudad:
- Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.
- Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.
- Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.
- Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.
- Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.
- Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.
- Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
- Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.
- Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
- Las demás que la Constitución y la ley le asignen.
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