En un giro determinante para la gestión de los recursos naturales en la sabana de Bogotá, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) notificó oficialmente la Resolución 50267000347, mediante la cual redefine drásticamente las condiciones de explotación hídrica de la empresa Industria Nacional de Gaseosas S.A.S. (INDEGA), embotelladora de Coca-Cola FEMSA. Tras más de cuatro décadas de captación ininterrumpida, la autoridad ambiental ha priorizado la seguridad hídrica de la comunidad de La Calera sobre el interés industrial, ordenando el cierre inmediato de tres de los siete manantiales utilizados por la multinacional y reduciendo el caudal autorizado de 3,23 a 1,9 litros por segundo.
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Un revés estratégico para la embotelladora: Menos agua y menos tiempo
La decisión de la CAR no se limita a una simple reducción de volumen; representa una reestructuración total del permiso de aprovechamiento. El estudio técnico determinó que la continuidad de la explotación bajo los términos anteriores era insostenible frente a los desafíos del cambio climático y la presión demográfica del municipio.
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Además del recorte del 42% en el caudal, la autoridad ambiental propinó un golpe a la estabilidad operativa de la compañía al reducir la vigencia de la concesión a la mitad. Mientras que INDEGA aspiraba a una prórroga de 10 años, la CAR estableció un periodo de apenas 5 años. Una vez cumplido este plazo, la renovación no será automática, sino que dependerá estrictamente de un nuevo análisis de disponibilidad hídrica en el territorio, dejando el futuro de la planta en una incertidumbre técnica.
Ciencia y participación ciudadana: El sustento de la resolución
Este fallo es el resultado de meses de una intensa batalla técnica y social. La CAR integró en su análisis modelaciones de balance hídrico y estudios hidrogeológicos de alta precisión, pero también dio voz a los líderes ambientales y habitantes de La Calera, quienes durante años denunciaron el impacto de la captación industrial en sus fuentes de abastecimiento local.
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"La decisión se tomó tras un análisis integral que incluyó la evaluación de variabilidad climática y la participación de organismos de control, asegurando que el interés colectivo y la preservación del ecosistema prevalezcan sobre el uso comercial", señaló la entidad ambiental este 15 de abril.
Obligaciones inmediatas y compensaciones ambientales
La prórroga concedida no es un cheque en blanco. La resolución impone una serie de cargas obligatorias que la empresa debe ejecutar sin dilación:
- Monitoreo en tiempo real: Instalación de sistemas tecnológicos para que la CAR vigile el caudal captado de manera digital y constante.
- Adquisición de tierras: La obligación de comprar y conservar más de 53 hectáreas en zonas de páramo y ecosistemas altoandinos.
- Infraestructura social: Ejecución de obras hidráulicas destinadas exclusivamente a mejorar los acueductos veredales y municipales.
- Suspensión por contingencia: La potestad de la CAR para cerrar las válvulas de manera inmediata en caso de sequía extrema o contaminación de las fuentes.
¿Qué significa esto para el futuro hídrico de la región?
La determinación sienta un precedente sobre cómo las autoridades ambientales colombianas deben balancear la inversión extranjera con la protección de los derechos fundamentales al agua. La clausura de tres manantiales y la reducción del flujo de los cuatro restantes obliga a la industria a optimizar sus procesos de producción bajo un esquema de economía circular y ahorro extremo.
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La vigilancia ahora recae en la comunidad y en los entes de control, quienes deberán asegurar que la reducción del 42% se refleje realmente en la recuperación de los niveles freáticos de la zona. La Calera, un territorio históricamente presionado por el crecimiento urbano y la industria, recibe un respiro técnico que, aunque no elimina la presencia de la embotelladora, la sujeta a reglas mucho más estrictas y transparentes.













