Esta posibilidad comenzó a contemplarse debido a los avances tecnológicos, que hoy la hacen prácticamente inviable, incluso por las mismas herramientas digitales de las que pueden disponer los clientes del sector financiero
Según la circular externa 26 de 2019, que deroga la carta circular 092 de 2010, la decisión de autorizar o no a sus clientes para que usen celulares en sus oficinas, quedará en manos de las entidades financieras, de acuerdo con sus propias evaluaciones de riesgo.
En el comunicado también se detalla que la medida solo aplica para clientes, mas no para empleados de las entidades, que seguirán sin poder usar los dispositivos “en las áreas donde se realicen depósitos, pagos y retiros”, así como en otros lugares restringidos específicamente por cada banco.
Contenido recomendado:
Las entidades estan obligadas a publicar, en lugares visibles, información sobre las áreas en que es posible el uso de celulares.
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Los bancos también podrán restringir el uso de dispositivos móviles a sus funcionarios en las áreas donde se realicen depósitos, pagos y retiros, o en cualquiera que se considere necesario durante los horarios de atención al público.