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title: 26 Puntos acordados por el Gobierno y  camioneros
description: Actualidad de Colombia en un solo lugar. Política, economía, seguridad y sociedad
author: "Autor: Redacción digital"
url: https://portalnews.co/nacional/26-puntos-acordados-por-el-gobierno-y-camioneros
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Se trata del 'Acuerdo para la reforma estructural del transporte de carga por carretera'. Las partes alcanzaron consensos en temas polémicos como el costo de los fletes y la chatarrización. Conozca en detalle los puntos de lo pactado:   



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**1. **La renovación del parque automotor de carga por carretera debe realizarse vía reposición y no por incremento, es decir se mantiene el sistema 1 a 1 (chatarrización) **hasta tanto se ejecuten los recursos recaudados para tal fin o se equilibre la condición del mercado de oferta y demanda demostrado técnicamente.**



**2. **El Ministerio de Transporte reglamentará la política de saneamiento del proceso de matrícula en cumplimiento con un fallo del Tribunal Superior de Cundinamarca. **Según la dependencia se hará a través de la desintegración de un vehículo al que se busca sanear o que se ajuste a las equivalencias previamente establecidas en un término no mayor a 1 año. **



**3.** El Gobierno hará una revisión, ajustes y correcciones de la política de costos y relaciones económicas del sector.**Además, citará en una semana el Observatorio de Transporte de Carga por Carretera, con todos los actores de la cadena logística.**



**4. **Se modificará el Observatorio de Transporte de Carga por Carretera, teniendo en cuenta el equilibrio para las partes, la obligatoriedad en la participación y la toma de decisiones. **La Alta Consejería para la Competitividad de la Presidencia hará seguimiento.**



**5.** Se hará un ajuste al Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga, Sice, en lo relativo a peajes, combustibles, costos de mantenimiento, administrativos y otros fijos y variables.



**6. **El Ministerio de Transporte intervendrá temporalmente las rutas críticas para la movilización de carga. **La intervención se hará mediante resoluciones.**



**7. **Mintransporte dará lineamientos para el cumplimiento de las normas a las autoridades responsables de la supervisión, inspección, control y vigilancia, y señalará la necesidad de disponer de un equipo especial de la Supertransporte y Policía. **Estos equipos deberán ser ubicados en los centros más importantes de despacho como los puertos.**



**8. **Mintrabajo y Mintransporte construirán una Política Integral de Trabajo Decente dirigida al conductor y pequeño propietario. Esta política contendrá puntos como: **obligaciones salariales, profesionalización, garantizar los derechos sindicales, evitar despidos sin justa causa, revisar jornadas laborales, velar por los tiempos de descanso, control sobre listas que veten a conductores, y condiciones adecuadas de trabajo en vías y zonas de cargue. Camioneros apoyarán el proceso. **



**9. **Se expedirá un decreto para que conductores puedan afiliarse de manera voluntaria  y accedan a las prestaciones asistenciales y económicas del sistema general de riesgos laborales. **La afiliación se hará a partir de los trabajadores que ganen un salario mínimo.**



**10.** Para garantizar el cumplimiento de la normatividad en materia laboral, el Ministerio de Trabajo **realizará un programa de prevención y promoción en el cumplimiento de las normas laborales, de seguridad y salud, para los transportadores. **



**11. **Se modificará la Resolución 2308 ajustando las capacidades de carga de los vehículos. **Los cambios se discutirán con los gremios que representan el sector de carga.** Autoridades realizarán los controles en la vía para su cumplimiento.



**12.** Se garantizará la ejecución de la totalidad de los recursos del proceso de  chatarrización. **Se buscará adelantar recursos del fondo para este año y que se puedan postular más vehículos.** Una firma auditora podrá hacer la revisión para evitar corrupción.



**13.** A partir del fin del paro, el Mintransporte suspenderá y no continuará con el trámite administrativo que modifica el decreto único sectorial sobre las condiciones para la matrícula de vehículos de carga.



**14.** **El Ministerio de Transporte no fijará un plazo de vida útil para los vehículos de carga y cooperará para que no se aplique vida útil por iniciativa privada.**



**15. ****El Gobierno se compromete a realizar una reunión con autoridades de Ecuador para escuchar a los transportadores de los dos países** y dar soluciones a sus necesidades teniendo en cuenta los principios de reciprocidad y soberanía nacional.



**16.** Se acordó que las modificaciones de las tarifas de peaje serán socializadas de la mano de los gremios de transporte, **a través de ejercicios regionales. Se ajustarán  las tarifas para los vehículos de carga de categorías 4, 5, 6 y 7.**



**17. ** Con los programas de vivienda que existen se buscará atender las necesidades de los pequeños propietarios y conductores de vehículos de carga. **El Mintransporte publicará en su página web los contactos y procedimientos para acceder al programa.**



**18.** El Mintrabajo conseguirá los recursos y examinará la posibilidad de incluir al conductor y pequeño propietario conductor de camión de carga como una ocupación de alto riesgo en el tema pensional.



**19.** Se definirá la política pública que contenga las especificaciones técnicas **que garanticen condiciones adecuadas de trabajo en la zonas de cargue y descargue.**



**20**. Se revisarán los resaltos (reductores de velocidad) ubicados en las vías nacionales,**con el fin de que se cumplan las normas de señalización y retirar aquellos que no cumplan con lo dispuesto en el manual de señalización del año 2015.**



**21. **Mintransporte dará directrices a la Policía, la dirección de Tránsito y Transportes, y demás autoridades de tránsito,**respecto del procedimiento para identificar la infracción  de "llantas lisas".**



**22. **Se reitera que no se podrá pactar como tiempo de cargue o descargue ('Stand By') un periodo superior a 12 horas.



**23.** Se  reitera que el costo derivado de las operaciones de cargues y/o descargues en ningún caso lo asumirá el conductor o dueño del vehículo. **Esto quiere decir que estos valores no podrán verse reflejados en el valor a pagar consignado en el manifiesto de carga.**



**24.** El Ministerio de Transporte establecerá un plan de trabajo con la Dian para analizar la estructura jurídica que de viabilidad para que el manifiesto de carga se asimile a la factura cambiaria.



**25.** El Gobierno reconoce que la protesta debe ser respetada y garantizada. **Se conformará una comisión de garantes que hará seguimiento a situaciones que afecten los derechos de los participantes del paro en caso de que haya investigaciones.**



**26.** La Supertransporte revisará los procesos administrativos abiertos por hechos acontecidos en el marco del paro camionero.**Además, evaluará el levantamiento de las medidas preventivas proferidas en ellos.**



Fuente: **ElPaís.com**

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