Zipaquirá le pone mano dura al robo de celulares

Zipaquirá le pone mano dura al robo de celulares

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  • Comprar, alquilar o usar equipo terminal móvil con reporte de hurto o extravío tendrá una multa de $ 196.725
  • Policía Nacional adelanta operativos de control a establecimientos abiertos al publico de venta de Equipos Terminales Móviles

La Policía Nacional adelantó el pasado miércoles 22 de febrero un operativo de control a establecimientos abiertos al publico de venta de Equipos Terminales Móviles en compañía de la Secretaría de Gobierno, haciendo verificación del IMEI de aquellos equipos que se encuentran exhibidos para la venta, buscando reducir la comercialización de equipos hurtados, así mismo verificando documentación requerida por los establecimientos para realizar dicha comercialización.

Como resultado se tuvo la incautación de un equipo celular hurtado y captura por el delito de Receptación del Administrador del establecimiento que pretendía hacer su venta. No se permitirá la comisión de este delito en Zipaquirá, es por esto que dichos operativos se seguirán realizando a lo largo y ancho del Municipio dando aplicabilidad al Código Nacional de Policía y Convivencia Ley1801 en sus artículos 87, 92 y 95.

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Conozca los comportamientos en los que habrá imposición de pago para el infractor:

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-Comprar, alquilar o usar equipo terminal móvil con reporte de hurto o extravío en la base de datos negativa, del que trata el artículo 106 de la Ley 1453 de 2011, o equipo terminal móvil cuyo número de identificación físico o electrónico haya sido reprogramado, remarcado, modificado o suprimido.

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Multa de $ 196.725

-Comercializar equipos terminales móviles sin la respectiva autorización del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o por un proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones móviles, de conformidad con la normatividad vigente.

Multa de $ 393.449

-Tener, poseer, y almacenar tarjetas madre o ‘blackboard’ de manera ilícita en el establecimiento.

Multa de $ 393.449

-Distribuir, almacenar, transportar u ofrecer al público equipos terminales móviles con reporte de hurto o extravío en la base de datos negativa, del que trata el artículo 106 de la Ley 1453 de 2011 o equipos terminales móviles o tarjetas madre cuyo número de identificación físico o electrónico haya sido reprogramado, remarcado, modificado o suprimido.

Multa de $ 393.449

-Vender, alquilar, aceptar, permitir o tolerar la venta, almacenamiento o bodegaje de equipo terminal móvil nuevo o usado, de origen ilícito o que carezca de comprobante de importación, factura de venta o documento equivalente de conformidad con la normatividad vigente o que se encuentre reportado por hurto o extravío en la base de datos negativa de que trata el artículo 106 de la Ley 1453 de 2011.

Multa de $ 393.449

-Incumplir las condiciones, requisitos u obligaciones para la importación, exportación, distribución, comercialización, mantenimiento y reparación, establecidas por la normatividad vigente.

-No solicitar o no realizar el registro individual de equipo terminal móvil con su número de IMEI al momento de ser importado al país.

Multa de $ 786.898

-Alterar, manipular, borrar, o copiar, no estando autorizado para hacerlo o con un fin no justificado o ilícito, el registro individual de equipo terminal móvil en los procesos de importación.

Multa de $ 786.898

Comunicado Oficial ataque verbal a la prensa regional en San Francisco Cundinamarca

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