En la ciudad se dio a conocer a la comunidad el Decreto 678 de 2020 expedido por el Gobierno Nacional, mediante el cual se establecen beneficios tributarios y descuentos en multas de tránsito en todo el territorio nacional
El Decreto aplica para, impuesto predial unificado, impuesto de industria y comercio, multas de tránsito y acuerdos de pago vigentes.
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Los ciudadanos podrán acceder a los beneficios teniendo en cuenta el siguiente cronograma:
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- Si cancelan hasta 31 de octubre de 2020, pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones.
- Pagando entre el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2020, se pagará el 90% del capital sin intereses ni sanciones.
- Entre el 1 de enero hasta el 31 de mayo de 2021, se pagará el 100% del capital sin intereses ni restricciones.
- El pago del impuesto correspondiente al 2020, podrá diferirse hasta a 12 meses a partir de la fecha, es decir hasta junio de 2021.
- Para las multas de tránsito, aplican las expedidas antes del 20 de mayo de 2020.
Todas las deudas que tienen acumuladas del 2019 hacia atrás, podrán ser pagadas con un beneficio muy importante, se descontarán los intereses, las sanciones y el 20 % del capital.
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