- Ciudadanos de Cajicá y Chía han sufrido estos cobros injustificados
- Estas cámaras se instalan en corredores donde conductores exceden el límite de velocidad
- Sin previa notificación las multas son inválidas
A Diana Sánchez le cobraron siete fotomultas que le habían tomado entre 2012 y 2014 sobre la vía principal de Cajicá, en donde no se permite el paso a más de 30 kilómetros por hora, argumenta que por ninguna de las infracciones le habían notificado.
Por su parte, John Montes, un comerciante de Chía se enteró en diciembre del año pasado, que tenía una deuda con el Simit por 4’600.000, a raíz de cuatro fotomultas que le tomaron entre el 2013 y el 2015.
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En estos dos casos nunca se les notificó a los conductores la infracción pero si se les cobro por ella, hechos que parece ser recurrente en estos municipios.
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Es por esta razón, que el secretario de Movilidad de Cundinamarca, Andrés Díaz, explicó que estas cámaras se instalan en corredores donde los ciudadanos exceden el límite de velocidad para proteger a los peatones. Por ejemplo, en zonas escolares, donde no está permitido andar a más de 30 kilómetros por hora.
Díaz señaló que si bien hay casos de no notificación que se presentan porque los propietarios de vehículos cambian de residencia y no actualizan su información, reconoció que hay otros en los que, efectivamente no se han notificado y trabajan para mejorar el sistema de datos, evitando casos similares que aún no están contabilizados.
También recordó que cuando no se da aviso oportuno a infractores de la sanción, esta puede impugnarse, a través de la página del Simit (www.simit.org.co) los ciudadanos pueden estar consultando si cometieron o no infracción, solo con su número de cédula.
Por otro lado, hizo llamado a los conductores para que atiendan las normas de tránsito. “Si una persona está acumulando 4 o 5 multas quiere decir que hay algo en su comportamiento en la vía que debe mejorar. La infracción es un elemento que busca que la persona tome consciencia sobre lo que está haciendo”.
Adicionalmente, señaló que muchos ciudadanos se excusan de que las multas se imponen en lugares donde el límite permitido es 30 kilómetros y pasan a 60.
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¿Cuando son invalidas las multas?
Este aviso al presunto infractor debe realizarse en los siguientes tres días después de que se cometa la infracción, a fin de que la persona pueda presentar recursos que requiera, en caso de tenerlos.
El fallo del alto tribunal se une al del Consejo de Estado, que en el 2013 señaló que sin notificación el pago de la fotomulta no debe efectuarse.
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