Como vicepresidente quedó el concejal Carlos Pinzón Aguilera y la Segunda Vicepresidencia fue para Germán Rodríguez Velásquez
El pasado martes 20 de noviembre se llevó a cabo en el recinto la elección de la Mesa Directiva Vigencia 2019.
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El Concejal Álvaro Díaz Bohada obtuvo 11 votos mientras que Eduard Sarmiento Hidalgo, del Polo Democrático y postulado por el cabildante Felipe Vanegas quedó con 5 votos.
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Por su parte, Bohada inicio su discurso agradeciendo a Dios, realizó un reconocimiento al partido Liberal al cual pertenece y a la comunidad Zipaquireña que ha reconocido el trabajo realizado por el concejal en pro de la ciudadanía, igualmente destacó las labores realizadas por los anteriores presidentes del Concejo, expresando que continuará con el avance tecnológico para dar a conocer a los habitantes de la ciudad las decisiones que toma la corporación.
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También, reconoció el trabajo de Eduard Sarmiento garantizándole las mejores su labor en el desarrollo de sus actividades.
La oposición
Por su parte, el concejal Fabián Rojas postuló nuevamente a Sarmiento Hidalgo para la elección de la vicepresidencia argumentando que pertenece a la oposición del gobierno municipal.
Amparado bajo la Ley 1551 de 2012 Artículo 22 que dicta “El o los partidos que se declaren en oposición al alcalde, tendrán participación en la primera vicepresidencia del Concejo. Sin embargo, el concejal Carlos Pinzón Aguilera también se acogió a esta legislación expresando a través de un comunicado que él también hacia parte de la oposición de la alcaldía de Luis Alfonso Rodríguez, de esta manera y con el mayor número de votos fue elegido en la vicepresidencia.
No obstante, algunos concejales como Rojas, Vanegas y Sarmiento, consideran esta votación como una trampa a la democracia y a la ciudadanía, pues se manipulo las garantías a las minorías, con el ánimo de tener una silla en la mesa directiva, expresan que se evidencia que el concejal Pinzón es uno de los que más respaldan el Gobierno Municipal y por ende no se podía declarar como oposición.
Ciudadano, recuerde las funciones que debe realizar un concejal en su ciudad:
- Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.
- Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.
- Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.
- Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.
- Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.
- Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.
- Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
- Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.
- Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
- Las demás que la Constitución y la ley le asignen.
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